El Poder Ejecutivo dispuso la suspensión por 180 días, a partir del 1º de enero de 2020, de la aplicación de los valores de los cuadros tarifarios de las distribuidoras de energía eléctrica
En uso de las facultades conferidas por la Ley 15.165 el Poder Ejecutivo dispuso la suspensión por 180 días, a partir del 1º de enero de 2020, de la aplicación de los valores de los cuadros tarifarios de las distribuidoras de energía eléctrica EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDELAP S.A.), EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEA S.A.), EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.) y EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDES S.A.) y de referencia del ÁREA RÍO DE LA PLATA, ÁREA ATLÁNTICA, ÁREA NORTE y ÁREA SUR, que fueran aprobados por la Resolución MIySP N° 1713/19. En dicho plazo se llevará a cabo un proceso de revisión de los ingresos requeridos y reconocidos en los cuadros tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral (RTI) que incluye el cumplimiento de las inversiones comprometidas.